Archive for Mes: septiembre 2010

La cesión de datos personales entre federaciones deportivas
La cesión de datos personales entre empresas o instituciones para el cumplimiento de sus fines, ha de ser realizada siempre previo consentimiento del interesado, como indica el artículo 11 de la LOPD. Si bien, el apartado segundo de este mismo artículo establece varias excepciones que eximen del recabo del mencionado consentimiento como es, entre otros, que dicha cesión esté autorizada en una ley.

Seguridad y privacidad de la tecnología RFID. Informe de INTECO y AEPD
Por Erika Navarlaz Lindberg El Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (INTECO) y La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicaron hace unos días una nota informativa, con la intención de dar a conocer la elaboración de un informe sobre seguridad y privacidad de la tecnología RFID (etiquetas […]

Segundo estudio sobre el nivel de seguridad de menores en la red
Por Erika navarlaz Lindberg Más de 55.000 virus circulan diariamente en Internet poniendo en riesgo a los menores que navegan por Internet. Panda Security, consolidada como una de las multinacionales de seguridad informática más importantes del mundo, ha sacado a luz su segundo estudio sobre el nivel de seguridad de […]