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¿Un trabajador puede darse de baja de los emails de información sindical?

Resumen ejecutivo: La Sección Sindical, a través del derecho a la libertad sindical, está legitimada para enviar por email información sindical a los trabajadores, remitiendo las comunicaciones a una lista de distribución creada y gestionada por el departamento de recursos humanos de la empresa, sin que sea precisa la obtención de consentimiento previo otorgado por los empleados. En caso de que un trabajador solicite la baja a la Sección Sindical, dado que esta no tiene las direcciones de email ni puede gestionarlas, tendrá que responderle indicando que debe tramitarla él mismo solicitando a la empresa su exclusión de la lista de distribución, para lo cual es obligatorio que la Sección Sindical incluya información al respecto en cada comunicación sindical.

Sí, un trabajador puede solicitar la baja de los emails de información sindical:

  1. El envío de emails por la Sección Sindical no requiere consentimiento: Conforme a la doctrina de la STC 281/2005 la Sección Sindical está legitimada para realizar las comunicaciones sindicales sin consentimiento de los interesados, amparada por el derecho a la libertad sindical.
  2. El envío de estos emails no se considera tratamiento de datos: El envío de correos electrónicos por la Sección Sindical utilizando las listas de distribución no implica un tratamiento de datos personales.
  3. La Sección Sindical no es responsable del tratamiento por el envío de emails: La Sección Sindical no es responsable del tratamiento, por lo que no tiene la obligación de atender los derechos reconocidos en el Reglamento General de Protección de Datos.
  4. La Sección Sindical no está legitimada a tener los emails de los trabajadores: La forma de realizar estos envíos sin que se produzca una cesión ilícita de datos entre la empresa y la Sección Sindical, es que esta solicite al departamento de Recursos Humanos de la empresa la creación de una lista de distribución, de manera que se genere una cuenta de correo general que será a través de la que se enviarán las comunicaciones.
  5. Los trabajadores tienen derecho a darse de baja de estos envíos: Los trabajadores pueden oponerse a que los Sindicatos les remitan información sindical a través de la dirección de correo electrónico si concurren motivos fundados y legítimos relativos a una concreta situación personal, y los Sindicatos quedan obligados a atender el ejercicio del referido derecho en la forma y con los requisitos señalados en la normativa de protección de datos, esto es, contestando la petición del afectado.
  6. La Sección Sindical no puede cancelar o borrar el email del trabajador: Al sindicato no le es posible cancelar los datos del empleado que estén contenidos en el fichero de la lista de distribución, dado que no tiene acceso a dichos datos en ningún momento.
  7. Darse de baja no debe implicar que el trabajador revele su email al sindicato: Si un empleado desea dejar de recibir la información sindical, tal como se le debe indicar en cada envío de información, deberá remitir un correo electrónico al buzón que se indica en el mismo, que es gestionado directamente por el Departamento de Sistemas. Desde dicho departamento se confirmará la solicitud de baja, y será excluido de la lista de distribución de información sindical, lo cual se confirmará al solicitante.

Más información en la SAN 984/2018.

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