Aviso de cookies: Al navegar por este sitio web, tus datos de conexión (IP) y navegación (URL) son obtenidos y mantenidos durante un máximo de 90 días exclusivamente para mantener la seguridad del sitio web a través de los servicios de cortafuegos y antivirus de Defiant Inc, prestador ubicado en EE.UU. con el que Abanlex ha pactado medidas de seguridad adecuadas. Puedes oponerte o ejercitar otros derechos, así como obtener más información consultando el aviso de cookies.

Cancelación de datos en servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito

686557_debt_and_demand_4Por Blanca Aránguez Torquemada

Desaparecer de una lista de morosos se ha convertido en necesidad para muchos hoy en día. Los bancos las consultan a la hora de conceder un crédito, o incluso cualquier vendedor con quien se contrate a plazos, accede a comprobar la solvencia del comprador.

Lo curioso es que aparecer en uno de estos ficheros no es tan complicado. El alta se produce de forma automática, al resultar impagada una letra, parte de un crédito o tres recibos de la compañía telefónica, por citar algunos ejemplos comunes.

ASNEF EQUIFAX, SERVICIOS DE INFORMACIÓN SOBRE SOLVENCIA Y CRÉDITO S.L. es una de las referencias de morosos. Es una asociación de entidades de crédito, compañías eléctricas, de gas, etc. Se puede llegar a permanecer en la lista hasta 6 años después de pagada la deuda. De ahí que los afectados soliciten la cancelación de los datos con cierta frecuencia.

Una persona cuyos datos estaban en esta lista quiso ejercitar este derecho de cancelación de datos personales, previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica de Protección de Datos. En principio, el responsable del tratamiento de los datos tiene el deber de hacer efectivo este derecho; en este caso concreto, la solicitud se dirigió a ASNEF, como titular del fichero.

Sin embargo, existen especialidades en este ámbito, sobre a quien compete cancelar y rectificar los datos personales que han sido matizadas por la resolución Nº.: R/01906/2008 de la Agencia Española de Protección de Datos:

Los ficheros establecidos para prestar servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito cuentan con una regulación específica dentro de la Ley. Su artículo 29 distingue dos tipos de ficheros:

Ficheros que tratan datos obtenidos de una fuente pública, o bien facilitados por el afectado (deudor), o con su consentimiento.

Ficheros que tratan datos de carácter personal relativos al cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones dinerarias; estos últimos son facilitados por el acreedor.

Los datos de carácter personal, contenidos en el primer tipo de fichero citado, pertenecen sin lugar a dudas a la persona a la que van referidos, que es quien los facilita o da su consentimiento; en este caso ASNEF trata los datos, y es quien tiene la carga de resolver lo que proceda en lo que se refiere al derecho de cancelación del deudor.

Ahora bien, los datos contenidos en el segundo de los ficheros, presentan una caracterización especial, dada la naturaleza de la función que realizan. Así lo estableció la Instrucción 1/1995 de 1 de marzo, que viene a crear una nueva diferenciación de ficheros dentro de este segundo tipo, aunque los datos se encuentren mezclados:

El que incluye datos personales sobre la relación económica existente entre acreedor y afectado, con una única finalidad: obtener la satisfacción del crédito: el encargado de este fichero es el acreedor.

El que proporciona información sobre la insolvencia de una persona: este no es propio del acreedor, sino de las entidades nombradas.

Estas entidades, no son responsables de la información contenida, la cual es facilitada por el acreedor, y es por ello que la AEPD resolvió que no tienen legitimación para cancelar los datos del afectado. Lo que deben hacer, pues así lo establece el artículo 44. punto 3.1º LOPD, es dar traslado de la solicitud al acreedor, quien debe contestar en un plazo de 7 días, y de no hacerlo, proceder a cancelar.

Dice la resolución que el acreedor es el único que tiene la posibilidad de incluir los datos en el fichero de información sobre insolvencia patrimonial y crédito, y de instar la cancelación de los mismos cuando la deuda sea inexistente o haya sido saldada.

Fotografía: woodsy

4 thoughts on “Cancelación de datos en servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito”

  1. Tengo una invalidez y no tengo propiedad. Que puedo hacer? El banco vendió la deuda a XXXXX y es un acoso
    No puedo pagar y estoy en morosidad, como puedo salir?

  2. Me han incluido en ficheros de morosos por una deuda inexistente. ¿Qué debo hacer ?

  3. Necesito saber si me pueden quitar de los ficheros de RAI Y ASNEF, sin haber pagado la deuda aun, pues necesito no aparecer duarnte unos dias para poder solicitar unos telefono y un credito.
    Un saludo

  4. Como permiten ustedes que ciertas asesorias jurídicas que compran deudas a las operadoras de telefonia,puedan meter en el R:A:I a peronas que ya cancelaron la deuda y todavia esten metidas en ese organismo, pienso que hay poco control sobre estos servicios no se si llevarlos a un canal de television para que los vea gran cantidad de jente las injusticias de ciertas asesorias juridicas, sin otro particular aprovecho para saludarles atentamente.

Comments are closed.

Ir al contenido