Artículo escrito por Pablo Fernández Burgueño (@Pablofb), socio y abogado de Abanlex.
El CIF pasó a denominarse NIF el 1 de enero de 2008, con la entrada en vigor en España del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprobó el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (ver en el BOE).
¿Quién tiene NIF? «Toda persona jurídica, así como los obligados tributarios a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria tendrán un número de identificación fiscal para sus relaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria». (Respuesta extraída de la página web ‘NIF de personas jurídicas y entidades‘ de la Agencia Tributaria española)
¿Quién tiene CIF? Nadie, desde el 1 de enero de 2008.
¿Qué normas regulan hoy el NIF? El citado Real Decreto 1065/2007 y la Orden EHA/451/2008, de 20 de febrero, por la que se regula la composición del número de identificación fiscal de las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, principalmente.
¿Algún ejemplo de uso correcto el término NIF?
- FNMT: Un ejemplo claro de su aplicación se ve en la página de la Real Casa de la Moneda, en la que indican: «En caso de ser un certificado de persona jurídica introduzca el NIF (antes denominado CIF) de la entidad«. Ver aquí.
Confiamos en que esta nota aclaratoria sobre el término NIF y su antecesor CIF sirva para que las entidades continúen solicitando y aportando información de la forma correcta y no como se hacía el decenio pasado.