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Un caso de «derecho al olvido» defendido por Abanlex, noticia en los medios esta semana

A principios de esta semana se hacían eco diferentes medios del planteamiento de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por la Audiencia Nacional -Sala de lo Contencioso- con motivo de la resolución de un recurso planteado por Google Spain y Google Inc. contra resolución de la Agencia Española de Protección de Datos en un asunto del conocido popularmente como «derecho al olvido«.

Dicho Auto es una inciativa pionera en Europa ya que, hasta el momento, ningún tribunal había elevado a esas instancias una consulta similar en materia de «derecho al olvido» y la decisión del TJUE será vinculante para todos los tribunales de los estados miembros donde existen reclamaciones similares. Solo en España se calcula que hay en la Audiencia Nacional alrededor de 160 casos, a los que habría que añadir los inciados por particulares en instancias inferiores.

El Auto de la Audiencia Nacional plantea de fondo nueve cuestiones a resolver por el alto tribunal europeo y va encaminado a que se otorgue una interpretación unívoca a nivel comunitario, precisamente en estos momentos en los que se está debatiendo el nuevo reglamento en la materia. Entre las nueve cuestiones elevadas, se plantea si un particular tiene derecho a reclamar directamente a los buscadores de Internet la supresión y bloqueo de informaciones  relativas a su persona o si los reguladores nacionales, como la AEPD tienen potestad para exigir el cumplimiento de sus respectivas legislaciones a los buscadores en los estados a los que pertenecen. También se pide pronunciamiento del Tribunal de Luxemburgo en cuanto a la aplicabilidad de la normativa europea a prestadores de servicios con sede en territorios de fuera de la UE.

Desde 2009, el Equipo de Abanlex dirigido por nuestro socio Joaquín Muñoz, centró sus esfuerzos en la satisfacción de la pretensión de nuestro cliente reclamando la tutela de sus derechos ante el propietario de la página web que alojaba el contenido, posteriormente también ante Google Spain y Google Inc.; al no ser atendida nustra solicitud en estas instancias, acudimos a solicitar la tutela de la Agencia Española de Protección de Datos, viendo cumplidas nuestras expectativas con la estimación de nuestra reclamación ante Google Spain y Google Inc. Como era de esperar, el recurso sustanciado por estas dos empresas ante la Audiencia Nacional ha dilatado aún más la resolución definitiva del asunto pero ha dado pie a una iniciativa que, sin duda, es necesaria y que va a marcar un antes y un después en esta materia.

Desde Abanlex creemos justo reconocer la totalidad del mérito en esta cuestión al Magistrado Presidente de la Sala, Sr. Córdoba Castroverde y a los Sres. Magistrados que firman el Auto ya que desde un principio tuvieron clara que esta era la vía oportuna para la clarificación del asunto y  unificación del criterio a seguir en el ámbito comunitario. Quedamos a la espera de si el TJUE admite la cuestión planteada y en qué sentido se manifiesta.

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