Archivo de artículos sobre diciembre, 2010

Publicado por Joaquín Muñoz el 21 dic 2010

Abanlex imparte tutorías sobre el uso responsable de las Redes Sociales

El pasado jueves, los socios de Abanlex,  Pablo F. Burgueño y Joaquín Muñoz, han impartido unas tutorías para alumnos de 1º de Bachillerato en el Colegio Ramón y Cajal de Madrid.

Dichas tutorías consisten en conversar sobre el uso que hacen los alumnos de las redes sociales y una visión general sobre algunos de los riesgos o problemas que presentan para los adolescentes.

Abanlex ofrece este servicio a colegios, colegios mayores, universidades y demás centros educativos o asociaciones que estén interesados.

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Publicado por Pablo Fdez. Burgueño el 10 dic 2010

Taller gratuito: ¿Cómo montar un negocio en Internet?

Abanlex Abogados y el Colegio Mayor Universitario Loyola organizan una charla participativa y taller práctico sobre cómo montar un negocio en Internet.

Pablo Fernández Burgueño, socio fundador del bufete de abogados ABANLEX expondrá los siguientes temas sobre los que se generará un debate abierto:
- Modelos de negocio en internet: Del catálogo online al sistema de micropagos
- Los nuevos modelos de negocio. El caso Google y otros
- Todo lo que hay que saber para crear un negocio en internet

La asistencia es gratuita y abierta a cuantos deseen acudir, sean o no miembros del Colegio Mayor.

Cuándo: Lunes, 13 de diciembre · 20:00 – 21:30 (ver evento en Facebook)

Lugar: C.M.U. Loyola Pº Juan XXIII, 17 Madrid

Precio: gratuito

Materiales:

Publicado por Joaquín Muñoz el 10 dic 2010

María Teresa Nevado, nueva incorporación a Abanlex Abogados

Desde finales del mes de noviembre, María Teresa Nevado ha pasado a formar parte del equipo de profesionales de Abanlex Abogados.

Licenciada en Derecho (Universidad Complutense de Madrid), y Máster en Negocio y Derecho de las Telecomunicaciones, Internet y Audiovisual (Centro Univ. Villanueva, adscrito a la UCM), María Teresa ha desarrollado hasta el momento su carrera profesional en la asesoría jurídica en materia de protección de datos y comercio electrónico.

Sobre su incorporación a Abanlex Abogados, María Teresa ha expresado que  “el prestigio del despacho y de sus miembros, sus áreas de práctica, y la rapidez con que Abanlex ha conseguido ser un referente en Derecho tecnológico a nivel nacional son para mí sumamente atractivos. Es una oportunidad inigualable conocer las líneas y forma de trabajo de Abanlex, disfrutar de los conocimientos y el estímulo de los compañeros, y desarrollar mi carrera y la investigación en todas las áreas jurídicas de mi interés. En Abanlex tengo la oportunidad de conocer los intereses del cliente, y ayudarle a proteger sus derechos y a dar forma y configuración jurídica a su negocio, con el especialísimo trato personalizado que forma parte fundamental de su Código de conducta. Agradezco la confianza que Abanlex deposita en mí”.

Por su parte, Joaquín Muñoz, Socio de Abanlex, ha manifestado que “con la incorporación de María Teresa damos un paso más en el crecimiento del despacho. En los casi tres años de existencia de Abanlex hemos procurado incorporar a los mejores jóvenes profesionales del Derecho en el ámbito de Internet y las Nuevas Tecnologías para prestar un servicio especializado a medida de la necesidad de cada cliente. La formación y experiencia de María Teresa nos ayudará a reforzar el área de Seguridad de la Información y Protección de Datos“.

Publicado por María Teresa Nevado el 09 dic 2010

La protección de la privacidad propia y ajena: un derecho y una obligación

Un creciente número de noticias sobre infracciones de normas en relación con la privacidad del ciudadano es recogido cada semana por los medios de comunicación. Una mujer será juzgada por publicar una fotografía de una amiga desnuda en el perfil de su cuenta de Messenger, enfrentándose a una posible pena de cárcel. Un padre es condenado, como responsable civil extracontractual de una culpa in vigilando, a pagar el daño o perjuicio provocado por su hijo al publicar y fomentar mofas en la red social Tuenti sobre la foto de una desconocida, también menor. Ante casos así es lógico preguntarse si, para evitar tales desastres, los ciudadanos estamos en manos de la voluntad o de la imprudencia del infractor, o si la normativa aplicable es insuficiente, ineficiente, incorrecta. Ciertamente no, pues dependiendo del caso, en mayor o menor medida la víctima puede no haber cuidado o gestionado diligentemente sus datos personales, su privacidad y su intimidad.

Mediante Internet se producen gran parte de estas infracciones, al hilo del ingente empleo diario de chats, redes sociales y otros medios de expresión, tan deseables en sí mismos para el desarrollo y crecimiento de la Sociedad de la Información, y de la sociedad misma, como potencialmente perjudiciales en caso de que se empleen incorrectamente. Una de las esferas en que el uso inadecuado de estos medios se revela más perjudicial es, sin duda, la de la privacidad del individuo. España cuenta con normativa completa y rigurosa en materia de protección de datos y de protección del derecho al honor, la intimidad personal y la propia imagen; una normativa suficientemente vigorosa para afrontar de forma eficaz las posibles agresiones a la privacidad del ciudadano. Esta regulación y la labor doctrinal y jurisprudencial que la estudia y aplica contemplan y remedian los peligros que amenazan al usuario desde el mismo momento en que accede a un chat o un foro de opinión, publica sus datos de carácter personal o sus opiniones en un blog, o cede sus datos al titular de una red social. Casos frecuentes son los de cesiones no consentidas de datos, usurpación de identidad, acoso o ciberbullying, grooming a menores mediante Internet, y proliferan en la Red las publicaciones de trucos o backdoors para lograr ver datos de otros usuarios de redes sociales sin su consentimiento… La normativa vigente está configurada para dar correcta respuesta a estos casos y lograr una protección eficaz de la esfera personal del individuo.

¿Por qué, entonces, continúan produciéndose estos casos? Ante todo, cada usuario es responsable de sus actos tanto sobre las comunicaciones de sus datos o información, como sobre el respeto de la privacidad ajena, y esto es cierto para toda esfera de actuación externa del individuo, ya sea mediante Internet o por cualquier otro medio. Sólo el individuo conoce cuáles son exactamente, ya que él mismo los determina, los límites de su esfera privada, y en sus manos queda por tanto cerrar la última puerta a las agresiones externas a esa privacidad. Por ello, ninguna normativa, vigente o futura, podrá asegurar la protección de la privacidad de las personas físicas, y son en vano las medidas de protección implantadas en redes y plataformas, si no nace del usuario una firma y constante determinación de: respetar la privacidad de otros; permanecer alerta ante posibles injerencias en la propia esfera privada; controlar cada comunicación de su información y datos personales; y asegurarse de estas se producen por medios acordes a la óptima protección de su propia privacidad.

Imagen compartida por Marcel Hol Rotterdam, Netherlands

Convenios suscritos y sellos:

(Pulsar para ver contenido del convenio)